Home office, ¿llegó para quedarse?

Por: Carolina Jaimes

Derivado de la pandemia del Covid-19, muchas empresas optaron por utilizar la modalidad de trabajo virtual y a distancia, con el objetivo de continuar con su operación de la manera más “normal posible”. De esta manera, el homeoffice, revolucionó el trabajo en varias instituciones, pues de acuerdo con el periódico Excelsior (2020), genera un incremento en productividad, ahorro en renta de oficinas, ahorro en servicios como luz, agua e internet y también de insumos como papel, jabón, etc. Además, permite contratar personas de una zona demográfica distinta y genera lealtad en los empleados.

Por lo tanto, se estima que al menos 6 de cada 10 empresas planean continuar con esta modalidad de trabajo aún después de la pandemia y a su vez, el 40% de las empresas estima que entre 26 y 50% de su plantilla se mantendrá en tal modalidad (Forbes, 2021). Por otra parte, el 85% de las compañías considera que se ha conservado o elevado la productividad; mientras que el 82% de los colaboradores asegura que la comunicación en el equipo de trabajo se ha mantenido o ha mejorado.

Gracias a lo anterior, el 21 de enero del 2021, se publicó una reforma a la Ley Federal del Trabajo en el Diario Oficial de la Federación, la cual contempla, principalmente, los siguientes puntos:

  1. Definición de teletrabajo: El cual se entenderá que es realizado cuando una persona hace sus labores en un sitio distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo.
  2. Costos derivados del homeoffice: Los cuales deberán ser cubiertos por los empleadores y que abracan desde el pago de la luz, hasta el internet.
  3. Equipo de trabajo: Las compañías tendrán la responsabilidad de proporcionar, instalar y dar mantenimiento a los equipos de trabajo necesarios para el homeoffice, como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros. Sin embargo, el empleado tiene la responsabilidad de preservar dicho equipo.
  4. Derecho a la desconexión: Que los trabajadores no participen en comunicaciones electrónicas relacionadas con su empleo -correos electrónicos, llamadas telefónicas o mensajes de Whatsapp, fuera de su horario laboral.
  5. Capacitación: Se tendrá que dar capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información de las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo.

Cabe mencionar que estos cambios no se aplicarán de forma inmediata, puede pasar incluso un plazo de 18 meses, pues es el tiempo con el que cuenta el Gobierno Federal para crear una Norma Oficial Mexicana que mandate las nuevas obligaciones.

Sin duda, esta modalidad de trabajo a distancia continuará por todos los beneficios que representa. Por lo cual, queda en nosotros comenzar a adaptarnos y capacitarnos para el manejo adecuado de las tecnologías y la gestión de nuestro tiempo sacar el mayor provecho del homeoffice.

Fuentes de información

  • Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (2021, 11 de enero). Ley Federal del Trabajo. Diario Oficial de la Federación. Obtenido de https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609683&fecha=11/01/2021
  • Forbes Staff. (5 de Abril de 2021). 6 de cada 10 empresas en México seguirá con home office tras pandemia. Obtenido de Forbes : https://www.forbes.com.mx/home-office-despues-pandemia-mexico-kpmg/
  • Redacción. (24 de Marzo de 2020). Estos son los beneficios del ‘home office’ para empleados y empresas. Obtenido de Excelsior: https://www.excelsior.com.mx/adrenalina/estos-son-los-beneficios-del-home-office-para-empleados-y-empresas/1367808#view-1
  • Redacción. (11 de Enero de 2021). Hoy se publicó la reforma sobre ‘home office’ en México y estos son 5 puntos que tienes que saber. Obtenido de El Financiero: https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/hoy-se-publico-la-reforma-sobre-home-office-en-mexico-y-estos-son-5-puntos-que-tienes-que-saber/